Ley del Sistema de ahorro para pensiones

Decreto 927

Crea el Sistema de Ahorro para pensiones de los trabajadores del Sector privado, público y municipal, sus instituciones, normas y procedimientos. En el artículo 104 se establece requisito de edad diferenciado a fin de acceder a la pensión por vejez, cuyo requisito es de cincuenta y cinco (55) años para las mujeres y sesenta (60) años para hombres.

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